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Foro Penal

Opinión 84/2017 relativa a Roberto Antonio Picón Herrera-Grupo de Trabajo Detención Arbitraria en su 80º período de sesiones

27 de enero, 2018 2 min de lectura 1,151 lecturas
Opinión  84/2017 relativa a Roberto Antonio Picón Herrera-Grupo de Trabajo Detención Arbitraria en su 80º período de sesiones

Consejo de Derechos HumanosGrupo de Trabajo sobre la Detención ArbitrariaOpiniones adoptadas por el Grupo de Trabajosobre la Detención Arbitraria en su 80º períodode sesiones (20 a 24 de noviembre de 2017)Opinión núm. 84/2017 relativa a Roberto Antonio Picón Herrera(República Bolivariana de Venezuela)

 Información recibidaComunicación de la fuente

Roberto Antonio Picón Herrera, venezolano, ingeniero de sistemas, de 54 años de edad, reside en Caracas. Desde 2011 colabora con la Mesa de la Unidad Democrática, enfocándose en las áreas de organización y sistemas de votación. En febrero de 2017 fue designado por los partidos políticos de la Mesa como su coordinador del equipo de apoyo técnico, una de las tres secretarías creadas en su reciente reestructuración, junto el equipo de apoyo político y el equipo de apoyo social. Nunca ha militado en partido político alguno, ni ha trabajado en la administración pública.

La fuente informa que el 22 de junio de 2017, el Sr. Picón se encontraba de visita en un inmueble ubicado en Altamira, municipio Chacao, estado Miranda, Caracas. El Sr. Picón se encontraba reunido con el propietario del inmueble, cuando la vivienda fue objeto de un allanamiento por el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), realizado sin mostrar orden judicial. Durante ese procedimiento privaron arbitrariamente de su libertad al Sr. Picón, al propietario del inmueble y a sus empleados domésticos. Cuando fue detenido el Sr. Picón y las demás personas por los funcionarios del SEBIN, no exhibieron ninguna orden de allanamiento ni de aprehensión emanada de una autoridad judicial.

La fuente detalla que cinco días después, en el expediente de la causa apareció una solicitud fiscal emanada de la fiscalía militar segunda con competencia nacional y una orden de allanamiento supuestamente otorgada por un juez militar, documentos que no fueron exhibidos por los funcionarios del SEBIN al momento de la aprehensión. La supuesta orden de allanamiento está basada en un informe del SEBIN, según el cual en una residencia ubicada en Caracas se ocultaban armas y uniformes pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, así como objetos utilizados en “manifestaciones violentas” llevadas a cabo en Caracas.

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